Abogados
de Inmigración en Los Ángeles
En el
escritorio de abogados de Lluis Law somos especialistas en el área
de servicios de Inmigración. Sea cual sea su necesidad podemos
ayudarle. Tenemos más de 40 años prestando servicios legales a la
comunidad hispana en Los Ángeles. Llame ahora mismo por una consulta
gratuita (213)
687-4412 y con seguridad le daremos todas las
respuestas que usted necesita para su caso.
Existen
más de 100 tipos diferentes de visas en los Estados Unidos
disponibles para quienes desean emigrar o visitan el país por
negocios, turismo, turismo, etc. Para obtener alguna de estas visas,
se deben llenar previamente ciertos requisitos, cuya complejidad
dependerá del motivo del viaje. Además, el visado tiene también
tarifas, tiempos de procesamiento y vigencia distintos.
El
sistema de visado estadounidense está dividido en dos grandes
categorías: las visas de Inmigrante y las visas de
No-inmigrante. Algunas de las más conocidas son las siguientes:
Visas de Inmigrante
Se otorgan a los
extranjeros que buscan residencia permanente legal (Green Card) y más
adelante tal vez obtener la ciudadanía estadounidense. Quienes
solicitan una visa de inmigrante, generalmente requieren de un
patrocinador estadounidense (ciudadano o titular de una Greencard).
Según el tipo de visa solicitada, el patrocinador aprobado por el
Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)
puede ser un empleador o un familiar del inmigrante.
Visa EB-2:
Están disponibles para profesionales extranjeros con títulos
universitarios (o su equivalente) con conocimientos y habilidades
excepcionales en el campo de las ciencias, las artes o los negocios y
son estratégicos para la economía de los Estados Unidos, sus
intereses culturales o educativos o para el servicio social.
Visa EB-3:
Es un tipo de visado que se otorga a trabajadores extranjeros
calificados o profesionales.
Visa EB-4: Se expide para
trabajadores extranjeros religiosos, radiodifusores y personal de las
Fuerzas Armadas; igualmente a traductores afganos e iraquíes y de
otras nacionalidades.
Visa para cónyuge:
Los extranjeros cónyuges de ciudadanos de los Estados Unidos o
Residentes permanentes legales.
Visas de No-Inmigrante
Estas visas sirven para
las personas que viajan a los Estados Unidos por algún motivo
específico, durante un período de tiempo determinado. Normalmente
tienen una fecha de caducidad y se obtienen a través de USCIS,
previa presentación de ciertos requisitos y una entrevista en el
consulado de los Estados Unidos en el país de origen del
solicitante.
La mayor parte de las
visas de No-Inmigrante están agrupadas según la siguiente
clasificación:
Visas basadas en el empleo
Visa H-1B:
Para extranjeros que se desempeñan en ocupaciones especializadas y
tienen formación universitaria.
Visa H-2B: Para
trabajadores extranjeros temporales que se desempeñan en ocupaciones
no calificadas o calificadas, distintas al área agrícola.
Visa E-3: Se entrega a
ciudadanos australianos que vienen a EE.UU para trabajar en una
ocupación especializada únicamente.
Visa L-1:
Para extranjeros que ocupan cargos ejecutivos o son trabajadores
especializados de empresas estadounidenses.
Visa basada en la
inversión o los negocios
Visa E-2:
Para inversionistas extranjeros de países incluidos en el convenio
que quieren invertir una cantidad importante de capital en una
empresa estadounidense.
Visa basada en la
familia
Visas K-1, K-2, K-3
y K-4 visas y visa de Padre: Se otorga a los familiares
extranjeros de un ciudadano estadounidense.
Visa basada en la
educación
Visa F-1:
Para estudiantes extranjeros que asisten a una institución
académica en los Estados Unidos.
Visa M-1:
Para extranjeros que estudian en una escuela vocacional en EE.UU.
Visa J-1:
Se expide a extranjeros que forman parte del Programa de Visitantes
de Intercambio, por ejemplo: profesores, estudiantes, investigadores
y niñeras AuPair.
Si
usted o un ser querido necesitan la ayuda de un abogado de
inmigración para obtener cualquier tipo de visado, los abogados de
Lluís Law están dispuestos para ayudarle durante todo el proceso.
Comuníquese con nosotros a través del número telefónico (213)
320-0777 o cliquee en cualquiera de nuestros dos sitios web
especializados en estos temas: https://abogado.la/
o www.lluislaw.com
No comments:
Post a Comment